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Crédito fiscal del IGV: 10 errores que te lo hacen perder

Cada factura mal recibida es plata que sale de tu caja. Los fallos que SUNAT observa más y cómo evitarlos sin ser contador.

9 min de lectura Equipo de IGV Perú

Dos pilas de facturas con un signo de resta entre ellas

Qué es el crédito fiscal, en una frase

El IGV que tú pagas cuando compras para tu negocio se resta del IGV que tú cobras cuando vendes. Esa resta es el crédito fiscal. Si vendiste S/ 100 000 más IGV y compraste S/ 70 000 más IGV, no le pagas a SUNAT el 18 % de 100 000: le pagas el 18 % de la diferencia.

Por eso cada factura de compra que se cae es plata real que sale de tu caja. Una factura de S/ 11 800 que no puedes usar te cuesta S/ 1 800 de IGV que pagas de más, más el gasto que tampoco podrás deducir en renta. El error de S/ 1 800 no se ve en ningún lado: simplemente pagas más impuesto ese mes.

Si quieres ver la mecánica con números, usa la calculadora de IGV a pagar del mes.

Los dos requisitos que casi nadie lee

La Ley del IGV divide los requisitos en dos grupos. Vale la pena conocerlos porque explican todo lo demás.

Sustanciales (artículo 18)

  • Que la compra sea gasto o costo aceptado para el Impuesto a la Renta.
  • Que se destine a operaciones gravadas con el IGV.

Traducción: tiene que ser algo del negocio y tiene que servir para generar ventas gravadas. La compra de un televisor para la casa del gerente falla el primero. La compra de insumos para un producto exonerado falla el segundo.

Formales (artículo 19 y Ley 29215)

  • Que el IGV esté consignado por separado en el comprobante.
  • Que el comprobante tenga el nombre y RUC correctos del emisor, y que el emisor esté habilitado para emitirlo.
  • Que esté anotado en el Registro de Compras en el plazo que corresponde.

Los requisitos sustanciales dependen de qué compraste. Los formales dependen de cómo lo documentaste. Los diez errores de abajo son, casi todos, errores formales: se pierden por trámite, no por fondo. Y por eso duelen más.

Los 10 errores que te lo hacen perder

1. Pedir boleta cuando debías pedir factura

Pasa todos los días: el jefe de planta compra repuestos y le dan boleta. La boleta de venta no da crédito fiscal. Si la compra es del negocio, la regla es una sola: factura, con el RUC de la empresa. Cuesta lo mismo y vale 18 % más.

2. Comprobantes con el IGV no discriminado

El comprobante debe mostrar valor de venta, IGV y total por separado. Un documento que solo dice «Total: S/ 1 180» sin desagregar el impuesto no sirve. Si necesitas verificar la separación rápido, usa la calculadora de IGV o la versión por ítems.

3. Anotar la factura tarde en el Registro de Compras

Este es hoy el error más peligroso. La regla general es anotar el comprobante en el periodo de su emisión. Hay plazos especiales —los comprobantes que no son electrónicos tienen meses adicionales, y las operaciones con detracción tienen su propia regla—, pero el criterio de SUNAT se ha endurecido, sobre todo para quienes llevan Registro de Compras Electrónico.

Consecuencia práctica: si te llega una factura de agosto en noviembre, ya tienes un problema. Y si SUNAT te requiere el registro antes de que la anotes, el problema se vuelve caro. La defensa es aburrida y funciona: cierra el mes en los primeros cinco días y persigue las facturas que faltan.

4. Pagar en efectivo operaciones de S/ 2 000 o más

La Ley 28194 obliga a usar medios de pago del sistema financiero —transferencia, depósito, cheque no negociable, tarjeta— desde S/ 2 000 o US$ 500. Si pagas esa factura en efectivo, pierdes el crédito fiscal y el gasto, aunque el comprobante sea impecable.

Ojo con el truco que algunos intentan: partir una factura de S/ 6 000 en tres de S/ 1 999. La norma mira la obligación, no el papel. Es exactamente el patrón que un cruce de información detecta.

5. No depositar la detracción

En los servicios sujetos al SPOT, el crédito fiscal se puede usar a partir del periodo en que acreditas el depósito. Si no depositas, el crédito no entra; si depositas tarde, entra tarde. Cada mes de retraso es IGV pagado de más.

Revisa cuánto corresponde con la calculadora de detracciones y lee cómo funcionan sin tecnicismos.

6. Comprarle a un proveedor «no habido»

Si el emisor tiene la condición de no habido a la fecha de emisión, ese comprobante no sustenta crédito fiscal. Lo mismo si su RUC está de baja o si no estaba autorizado a emitir ese tipo de documento. La verificación toma treinta segundos en Consulta RUC de SUNAT y debería ser parte del alta de todo proveedor nuevo, junto con su cuenta bancaria.

7. Meter gastos personales a la empresa

El almuerzo familiar del domingo, la gasolina del auto particular, el celular del hijo. No cumplen el requisito sustancial: no son gasto del negocio. Además de perder el crédito, cuando SUNAT los detecta arrastran reparos en renta y, en ciertos casos, se tratan como dividendo presunto. Es un ahorro aparente que sale caro.

8. Facturas con datos mal puestos

RUC equivocado, razón social de la empresa hermana, nombre comercial en lugar de la denominación legal. Si el comprobante identifica mal al adquirente o al emisor, se vuelve observable. Cuando detectes el error, pide de inmediato la nota de crédito y el comprobante corregido. Cuanto más fresco, más fácil.

9. Compras destinadas a operaciones no gravadas, sin prorrata

Si tu empresa vende algo exonerado —ciertos alimentos del Apéndice I, algunos servicios educativos— el IGV de las compras destinadas a esas ventas no da crédito. Y cuando una misma compra sirve para operaciones gravadas y no gravadas, hay que aplicar prorrata. Muchas MYPE de alimentos se enteran de esto en una fiscalización.

10. Guardar el PDF y no el XML

El comprobante electrónico válido es el XML; el PDF es solo su representación impresa. Si tu proveedor te manda un PDF que nunca fue enviado a SUNAT, ese documento no existe para efectos tributarios. Exige el XML, valídalo, y guarda los dos archivos.

Cuánto cuesta realmente cada error

Pongamos números a una empresa pequeña que compra S/ 60 000 al mes.

SituaciónCompraCrédito perdidoAl año
Una boleta al mes en vez de facturaS/ 3 000S/ 458S/ 5 492
Un proveedor pagado en efectivoS/ 5 000S/ 763S/ 9 153
Detracciones depositadas un mes tardeS/ 20 000diferidoIGV adelantado

El crédito se calcula sobre el valor sin IGV contenido en el monto: S/ 3 000 incluyen S/ 458 de IGV.

Cinco mil soles al año por un hábito que se corrige diciéndole al equipo «siempre factura a nombre de la empresa». Ese es el tamaño del problema en un negocio chico. En uno mediano se multiplica.

La lista de control de 6 puntos

Pégala en la pared de administración. No necesitas más.

  1. Factura, no boleta, siempre a nombre y RUC de la empresa.
  2. IGV separado en el comprobante, y XML recibido además del PDF.
  3. Proveedor verificado en Consulta RUC: activo y habido.
  4. Todo lo de S/ 2 000 a más se paga por banco, sin excepciones.
  5. Detracción depositada antes de usar el crédito.
  6. Mes cerrado en los primeros 5 días: la factura que no llegó, se persigue.

Y la regla de oro del gerente: cuando el IGV a pagar del mes te parezca alto, no preguntes «¿por qué tanto impuesto?». Pregunta «¿qué facturas de compra no entraron?». Nueve de cada diez veces la respuesta está ahí.

Preguntas frecuentes

¿Una boleta de venta me da crédito fiscal?

No. La boleta de venta no sustenta crédito fiscal del IGV ni, por regla general, costo o gasto para tu empresa. Si la compra es para el negocio, pide factura con el RUC de la empresa.

¿Puedo usar una factura de hace ocho meses que nunca anoté?

Depende de cómo llevas el Registro de Compras y de si SUNAT ya te requirió exhibirlo. La regla general hoy es anotar el comprobante en el periodo de su emisión; hay plazos especiales para comprobantes no electrónicos y para operaciones con detracción. Si encuentras facturas antiguas sin anotar, consúltalo con tu contador antes de usarlas: es una zona donde SUNAT observa mucho.

¿Pierdo el crédito fiscal si pagué la factura en efectivo?

Sí, si la operación es de S/ 2 000 o más (o US$ 500 o más) y no usaste un medio de pago bancario. La Ley 28194 exige transferencia, depósito, cheque no negociable, tarjeta u otro medio del sistema financiero. Sin eso se pierde el crédito fiscal y también el gasto o costo para renta, aunque la factura sea perfecta.

¿Qué pasa si no deposité la detracción?

No puedes usar ese crédito fiscal hasta el periodo en que acredites el depósito. El derecho no se pierde para siempre, pero se corre: si depositas tarde, el crédito entra tarde, y mientras tanto pagaste IGV de más.

¿El crédito fiscal que no uso este mes se pierde?

No. Si tu IGV de compras es mayor que el de ventas, el saldo a favor se arrastra al mes siguiente y se aplica contra el IGV que resulte. Se mantiene hasta agotarlo.

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Este artículo es informativo y se basa en la normativa vigente a la fecha indicada. No reemplaza la asesoría de un contador colegiado ni la consulta directa a SUNAT.