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Cronograma SUNAT 2026: cuándo vence tu declaración según tu RUC

Las 12 fechas oficiales del año, la tabla completa por último dígito de RUC y qué pasa exactamente el día que te atrasas.

7 min de lectura Equipo de IGV Perú

Calendario con una fecha marcada en rojo junto a una carpeta y una calculadora

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Tabla oficial completa 2026

Las 12 fechas del año. Si elegiste tu dígito arriba, tu columna queda marcada.

Periodo 012 y 34 y 56 y 78 y 9Buenos contribuyentes y UESP
Enero 2026 16 febrero17 febrero18 febrero19 febrero20 febrero23 febrero24 febrero
Febrero 2026 16 marzo17 marzo18 marzo19 marzo20 marzo23 marzo24 marzo
Marzo 2026 17 abril20 abril21 abril22 abril23 abril24 abril27 abril
Abril 2026 18 mayo19 mayo20 mayo21 mayo22 mayo25 mayo26 mayo
Mayo 2026 15 junio16 junio17 junio18 junio19 junio22 junio23 junio
Junio 2026 15 julio16 julio17 julio20 julio21 julio22 julio24 julio
Julio 2026 18 agosto19 agosto20 agosto21 agosto24 agosto25 agosto26 agosto
Agosto 2026 15 setiembre16 setiembre17 setiembre18 setiembre21 setiembre22 setiembre23 setiembre
Setiembre 2026 16 octubre19 octubre20 octubre21 octubre22 octubre23 octubre26 octubre
Octubre 2026 16 noviembre17 noviembre18 noviembre19 noviembre20 noviembre23 noviembre24 noviembre
Noviembre 2026 17 diciembre18 diciembre21 diciembre22 diciembre23 diciembre24 diciembre28 diciembre
Diciembre 2026 18 enero19 enero20 enero21 enero22 enero25 enero26 enero

Base legal: Anexo I de la Resolución de Superintendencia N.º 281-2022/SUNAT, publicada el 24/12/2022. Las fechas de diciembre 2026 vencen en enero de 2027. Puedes verificarlas en el portal de SUNAT.

Qué se declara en esa fecha

Mucha gente cree que el cronograma es «la fecha del IGV». En realidad ese mismo día vencen casi todas las obligaciones mensuales de tu empresa:

  • IGV e Impuesto a la Renta mensual (el formulario Declara Fácil 621, antes PDT 621).
  • Retenciones de cuarta categoría de los recibos por honorarios que pagaste.
  • PLAME: planilla electrónica, EsSalud, ONP o AFP de tus trabajadores.
  • Retenciones y percepciones del IGV, si eres agente designado por SUNAT.
  • ITF, impuesto a las transacciones financieras.

Es decir: una sola fecha, varias declaraciones. Por eso conviene tratarla como un solo hito del mes y no como cinco recordatorios sueltos.

La cuota del NRUS es la excepción práctica: se paga con el formulario guiado 1611 y, al pagarla, se da por presentada la declaración del mes.

Qué pasa si me atraso

Aquí está el punto que a casi todos les cuesta: no declarar y no pagar son dos problemas distintos.

Si no declaraste a tiempo

Es una infracción (artículo 176, numeral 1 del Código Tributario). Para una empresa de tercera categoría en el Régimen General o en el RMT la multa es de 1 UIT = S/ 5,500. En el RER y para personas naturales es el 50 % de la UIT (S/ 2,750). Existe incluso si el mes fue en cero.

La buena noticia: el régimen de gradualidad rebaja la multa de forma importante cuando tú corriges antes de que SUNAT te notifique, y la rebaja es mayor si además pagas la multa en el acto. Por eso, cuando te des cuenta de que se te pasó una declaración, el orden correcto es: presentarla hoy mismo y luego revisar la gradualidad. Lo explicamos con la tabla oficial en cómo pagar 0 de multa por declarar tarde.

Si declaraste pero no pagaste

No hay multa por eso. Hay deuda con intereses: la TIM es de 0,9 % mensual, o sea 0,03 % por cada día de atraso, y corre desde el día siguiente al vencimiento. Sobre una deuda de S/ 10 000, treinta días de atraso son unos S/ 90. Es caro, pero es previsible.

Puedes ver el número exacto en la calculadora de intereses moratorios.

El riesgo real no es el interés: es que una deuda declarada y no pagada puede terminar en cobranza coactiva, con embargo de cuentas. Un mes se perdona; un hábito, no.

IGV Justo: postergar el pago hasta 3 meses

Esto casi nadie lo usa y está en la ley desde 2017. La prórroga del IGV para la micro y pequeña empresa («IGV Justo», Ley 30524) permite que una empresa con ventas anuales de hasta 1 700 UIT declare en su fecha y pague el IGV hasta tres meses después, sin intereses ni multa.

Para usarlo necesitas, a grandes rasgos:

  • Ventas anuales que no superen 1 700 UIT (S/ 9,350,000 con la UIT 2026).
  • Presentar la declaración dentro del plazo: si te atrasas, pierdes el beneficio de ese mes.
  • Marcar la opción de prórroga en el formulario al momento de declarar, no después.
  • No tener deudas tributarias exigibles en cobranza ni estar en ciertas situaciones de incumplimiento.

Para un negocio que cobra a 60 días pero factura al contado, esto es oxígeno puro: alinea el pago del impuesto con el momento en que tu cliente te paga. Pregúntale a tu contador si estás calificando y no lo estás usando.

Ojo: los registros electrónicos vencen antes

Hay un segundo cronograma que casi siempre se olvida: el de atraso máximo de los registros de ventas y de compras electrónicos. Vence antes que la declaración, no el mismo día.

Ejemplo real del periodo agosto 2026: para un RUC terminado en 0, la declaración venció el martes 15 de setiembre, pero el registro electrónico ya debía estar generado el lunes 14 de setiembre.

Esto importa por una razón muy concreta: si el Registro de Compras no está anotado a tiempo y SUNAT te requiere su exhibición antes de que lo hagas, puedes perder el crédito fiscal de esas facturas. Es el error más caro de esta lista y lo explicamos a fondo en los 10 errores que te hacen perder el crédito fiscal.

La rutina mensual que evita sustos

Si diriges una micro o pequeña empresa, este es el mínimo que deberías exigir cada mes:

  1. Día 1 al 5. Cierra el mes anterior: todas las facturas de venta emitidas y todas las de compra recibidas.
  2. Día 5 al 8. Tu contador cuadra los registros y te envía el borrador: IGV de ventas, IGV de compras y el saldo a pagar.
  3. Antes del vencimiento. Tú revisas dos cosas: que el monto tenga sentido frente a tus ventas reales y que no falte ninguna factura de compra grande.
  4. Día del vencimiento o antes. Declaración presentada y pago hecho, o prórroga del IGV marcada.

El paso 3 es el que nadie hace y el que más plata salva. No necesitas saber contabilidad: si compraste mercadería por S/ 40 000 y tu crédito fiscal del mes es de S/ 900, algo no está anotado.

Para esa revisión rápida tienes la calculadora de IGV a pagar del mes: pones el IGV de tus ventas y el de tus compras y sale el saldo que deberías estar viendo en la declaración.

Preguntas frecuentes

¿Qué pasa si mi negocio no tuvo ventas este mes?

Igual tienes que declarar. La declaración "en cero" es obligatoria mientras el RUC esté activo. No presentarla es la misma infracción que no declarar teniendo ventas, y la multa es la misma.

¿La fecha depende del último dígito del RUC o del primero?

Del último. Solo los dígitos 0 y 1 tienen día propio; los demás se agrupan de dos en dos: 2 y 3, 4 y 5, 6 y 7, 8 y 9. Los buenos contribuyentes y las UESP tienen un día adicional.

¿Puedo declarar antes de la fecha de vencimiento?

Sí, y conviene. Puedes presentar la declaración desde el primer día del mes siguiente al periodo. Declarar temprano te deja margen para corregir si detectas una factura que faltaba.

¿Declarar y pagar son lo mismo?

No. La fecha del cronograma es el último día para las dos cosas, pero son obligaciones distintas. Si declaras a tiempo y no pagas, no hay multa por declaración: hay deuda con intereses. Si no declaras, hay multa aunque no debas nada.

¿De cuánto es la multa por no declarar a tiempo en 2026?

Para empresas de tercera categoría en el Régimen General o MYPE Tributario, la infracción del artículo 176 numeral 1 del Código Tributario es de 1 UIT, es decir S/ 5,500 en 2026. En el RER y para personas naturales es el 50 % de la UIT. Con el régimen de gradualidad, subsanar de forma voluntaria antes de que SUNAT te notifique reduce la multa de forma importante.

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Este artículo es informativo y se basa en la normativa vigente a la fecha indicada. No reemplaza la asesoría de un contador colegiado ni la consulta directa a SUNAT.